Si cotizaste al IMSS por primera vez antes del 1 de julio de 1997, tienes derecho a pensionarte bajo la Ley 73 — un régimen que calcula tu pensión con base en tu salario promedio y semanas cotizadas, no en tu saldo de Afore. Aquí te explicamos exactamente cómo funciona, qué necesitas y cuánto podrías recibir.
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Calcular mi pensión →La Ley 73 se refiere al régimen de pensiones de la Ley del Seguro Social vigente hasta el 30 de junio de 1997. Si empezaste a cotizar al IMSS antes del 1 de julio de 1997, esta ley te aplica — aunque hayas dejado de trabajar y después regresado, siempre que tu primera alta haya sido antes de esa fecha.
Es considerado uno de los regímenes más favorables porque tu pensión se calcula como un beneficio definido: depende de tu salario promedio, tus semanas cotizadas y tu edad al retirarte — no del saldo en tu cuenta de Afore.
¿Cómo verifico si soy Ley 73? Entra al portal del IMSS y consulta tu constancia de semanas cotizadas. Si la fecha de tu primera alta es anterior al 1 de julio de 1997, perteneces a la Ley 73.
Tu pensión mensual depende de tres factores principales, establecidos en el Artículo 167 de la Ley del Seguro Social de 1973:
Según la Ley del Seguro Social, el porcentaje de tu pensión calculada que recibes depende de la edad a la que te retires:
| Edad de retiro | Tipo de pensión | % que recibes |
|---|---|---|
| 60 años | Cesantía en edad avanzada | 75% |
| 61 años | Cesantía en edad avanzada | 80% |
| 62 años | Cesantía en edad avanzada | 85% |
| 63 años | Cesantía en edad avanzada | 90% |
| 64 años | Cesantía en edad avanzada | 95% |
| 65 años | Vejez | 100% |
Fuente: Ley del Seguro Social de 1973, artículos 138 y 143. La pensión por vejez (65 años) otorga el 100% del monto calculado.
Además de los tres factores principales, tu pensión incluye:
📌 En resumen: Pensión = (Cuantía básica + Incrementos anuales) × Factor por edad × (1 + Asignaciones familiares) × 1.11 (Factor Fox). La fórmula no es lineal — por eso es importante calcularlo con una herramienta que aplique las tablas correctas.
⚠️ Conservación de derechos: Si cotizaste 1,000 semanas (~19 años), tu derecho se conserva durante 250 semanas (~4.8 años) después de tu última cotización. Si este plazo ya venció, necesitas volver a cotizar para reactivarlo — ya sea con un empleo o mediante la Modalidad 40.
Si tu pensión calculada resulta menor a un salario mínimo, el IMSS te paga automáticamente la pensión mínima garantizada. No necesitas solicitarla — se aplica de forma automática.
Para 2026, con base en el salario mínimo vigente de $315.04 diarios más el Factor Fox del 11%, la pensión mínima garantizada asciende a aproximadamente $10,636.54 pesos mensuales (conforme al artículo 168 de la LSS de 1973).
¿Cuándo aplica? La pensión mínima es común cuando tienes pocas semanas cotizadas (cerca de las 500 mínimas) o un salario promedio bajo. Si tu cálculo da un monto inferior, el IMSS lo ajusta automáticamente a este piso.
Hay dos palancas para aumentar tu pensión: sumar más semanas y elevar tu salario promedio. La herramienta más efectiva para lograr ambas es la Modalidad 40 (Continuación Voluntaria en el Régimen Obligatorio).
Simula tu pensión con y sin Modalidad 40. Nuestra calculadora te muestra hasta 5 escenarios diferentes para que compares.
Simular ahora →Además de la Modalidad 40, al pensionarte por Ley 73 puedes solicitar la devolución de ciertos recursos acumulados en tu Afore, específicamente las subcuentas de SAR 92, Retiro, Infonavit 92 e Infonavit 97. Estos recursos son independientes de tu pensión mensual vitalicia del IMSS.
Consulta nuestra guía completa de Modalidad 40 IMSS 2026 para conocer costos, requisitos y cómo inscribirte.
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Aviso legal: La información contenida en esta página es de carácter informativo y educativo. No constituye asesoría legal, fiscal ni financiera. Los cálculos son estimaciones aproximadas y pueden diferir de los montos reales determinados por el IMSS. Calculadora Pensión no se hace responsable por decisiones tomadas con base en esta información. Consulta directamente con el IMSS o con un profesional certificado en seguridad social.
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